SOCIOS
Asociarse
Los requisitos para asociarse a la ACAV son los siguientes:
- Solicitud de Ingreso (descárguela al final de esta nota).
- Dos representantes ante la A.C.A.V.
- Aval de dos asociados de la A.C.A.V
DOCUMENTACION QUE DEBERA ADJUNTAR AL FORMULARIO:
- Fotocopia DNI titulares, delegados y subdelegados.
- Contrato social o documentación equilvalente.
- Inscripción AFIP-
- Informe comercial (nosis o veraz)
- Constancia de legajo habilitante (en caso de corresponder)
- Inscripción en el Registro Nacional de Agencias de Viajes.
- Página web comercial (dominio .ar / .com.ar)
IMPORTANTE!
La firma de la Solicitud de Ingreso implica para el solicitante el conocimiento y aceptación de
los Estatutos y Reglamentos Internos, de las resoluciones y/o sanciones que la Comisión
Directiva pudiera aplicarle en caso de violación a los acuerdos que tenga celebrados con la
I.A.T.A., con el Comité de Pasajes Marítimos y otros que pudieran celebrarse con Hoteles,
Empresas de Transporte, Reparticiones y/o Disposiciones Oficiales, etc. o violaciones de
conductas éticas, comerciales, etc.
Por otra parte, toda modificación que implique un cambio en la Sociedad o cesión de cuotas
societarias entre los miembros integrantes de la firma y que motive agregados, enmiendas o
quitas al Contrato Social, cuya copia se presenta acompañando la presente Solicitud, deberá ser
puesta de inmediato en conocimiento de la A.C.A.V. para su contralor y registro
correspondiente.
Asimismo se recuerda que en el Estatuto dice:
“La Comisión Directiva, luego de verificar los datos y el informe producido, deberá hacerlos
circularizar entre los asociados, los que contarán con un plazo de (30) treinta días para formular
objeciones, si cumplido dicho plazo no las hubiera, el solicitante será aceptado como socio, en la
categoría que corresponda, modificando esta decisión al interesado, la comisión Directiva tiene
el derecho de rechazar o aceptar la admisión de los socios, el solicitante no aceptado, podrá
apelar la medida en la primera Asamblea General, la decisión de esta última será inapelable”.
A continuación, les compartimos información de acuerdo a nuestro Estatuto:
TIPOS DE ASOCIADOS
- ASOCIADO ACTIVO:
Lo serán las agencias de viajes y turismo, que posean la habilitación para desarrollar su
actividad emanada de autoridad competente y se encuadren en las disposiciones
exigidas por la Asociación previstas en el presente Estatuto y/o reglamentos que en su
consecuencia se dicten. - ASOCIADO HONORARIO:
Lo serán las personas físicas o jurídicas que se hagan acreedoras a tal distinción por su
labor en beneficio de las agencias de viajes y turismo, de su organización representativa
y del turismo en general. La designación de esta calidad de asociado, requerirá la
propuesta de la mitad de los miembros titulares de la Comisión Directiva o de por lo
menos la tercera parte de los asociados con derecho a voto, y tal decisión será dispuesta
por dicha Comisión en votación secreta, debiendo contar con el voto favorable de tres
cuartas partes de los miembros titulares de las mismas. - ASOCIADO ADHERENTE:
Lo serán las personas físicas o jurídicas, reparticiones o entidades que estén vinculadas
directa o indirectamente a la actividad o desarrollo del turismo, y no estén calificadas
como agencias de viajes.
Todo asociado al que le fuera otorgado el título de honorario tendrá tal carácter sin
perjuicio de revistar también en la categoría de asociado que le correspondiera, de
acuerdo a lo dispuesto en los artículos 6º y 8º.
ADMISIÓN DE LOS ASOCIADOS
El ingreso del asociado se hará mediante la presentación de la solicitud de inscripción
debidamente confeccionada y encuadrada dentro de las especificaciones del Estatuto,
acompañada por la documentación correspondiente y respaldada con la firma de dos
asociados activos.
Las solicitudes recibidas en la Asociación, serán tratadas en la primera reunión posterior
de la Comisión Directiva, la que deberá dentro de los treinta días corridos posteriores
comunicar a todos los socios activos de dicha presentación a los fines de que los
mismos, dentro de ese plazo efectúen las observaciones u objeciones pertinentes con
relación al ingreso del postulante. En el mismo plazo la Comisión Directiva podrá
requerir los informes de todo tipo que considere necesarios, debiendo en los quince días
corridos posteriores adoptar resolución.
En el caso de rechazo, el solicitante dentro de los cinco (5) días hábiles de notificado
podrá apelar ante la Comisión Directiva, acompañando la documentación que conceptúe
adecuada. En el plazo de los 30 días corridos la Comisión Directiva deberá expedirse
sobre el recurso planteado, siendo su decisión inapelable.
Transcurrido un año de la fecha e rechazo de su solicitud, el solicitante podrá volver a
presentar su pedido de admisión, que seguirá el trámite establecido en los arts. 10º, 11º
y 12º del presente.
DERECHOS DE LOS ASOCIADOS
ASOCIADO ACTIVO:
- Participar en igual categoría en la Entidad Nacional, a la que esta Asociación se
halla afiliada. - Participar con voz y voto en las asambleas generales ordinarias y extraordinarias
si contara con una antigüedad mayor de un año en la Asociación, caso contrario
solamente participará con voz. - Participar con voz, pero sin voto, en las reuniones de Comisión Directiva a las
que fuera invitado. - Elegir y ser elegido para cubrir cargos electivos y de fiscalización, debiendo
para ello tener una antigüedad mayor de un año en la Asociación. - Integrar comisiones y subcomisiones de trabajo.
- Gozar de todos los derechos y beneficios que brinda la Asociación establecidos
en su Estatuto, reglamentos y disposiciones. - Invocar su calidad de asociado en el ejercicio de sus actividades profesionales.
- Utilizar los emblemas, credenciales, diplomas, certificados y cualquier otro
distintivo o elemento que les entregue la Asociación aclarando su calidad de
asociado. - Demandar la constitución del Tribunal Arbitral para resolver los diferendos con
otros asociados o con los de otras entidades afines o con terceros. - Demandar la constitución del Tribunal de Ética cuando considere que el actual
de un asociado se encuentre comprendido en las disposiciones del Capítulo XV
del Estatuto.ASOCIADO HONORARIO:
- Participar en las asambleas generales con voz, pero sin derecho a voto.
- Gozar de todos los derechos y beneficios que brinda la Asociación establecidos
en su Estatuto, reglamentos y disposiciones. - Utilizar los emblemas, credenciales, diplomas, certificados y cualquier otro
distintivo o elemento que les entregue la Asociación, aclarando su calidad de
Asociado.ASOCIADO ADHERENTE:
- Integrar Comisiones o Subcomisiones de trabajo.
- Gozar de todos los beneficios que brinda la Asociación, establecidos en su
Estatuto, reglamentos o disposiciones. - Utilizar emblemas, credenciales, diplomas, certificados y cualquier otro
distintivo o elemento que les entregue la Asociación, aclarando su calidad de
asociado.
Los asociados honorarios y adherentes no podrán ocupar cargos en la Comisión
Directiva y revisora de cuentas.
OBLIGACIONES DE LOS ASOCIADOS
Son obligaciones de los asociados de acuerdo a la calidad que revista:
- Respetar y cumplir el presente Estatuto y los reglamentos en vigor en la
Asociación y resoluciones de los órganos que para el cumplimiento de sus fines
se encuentren creados o a crearse. - Prestar su colaboración con la Asociación para el logro de sus objetivos.
- Defender el principio de unidad entre sus asociados.
- Proceder en sus tareas dentro de las normas de ética profesional, ajustándose en
el manejo de sus negocios conforme con las leyes en vigencia y a lo normado
por los usos y costumbres y las disposiciones que al efecto se fijan en el presente
Estatuto. - Participar de las asambleas y cumplir con sus resoluciones, así como acatar las
disposiciones y acuerdos adoptados por la Comisión Directiva. - Aportar a la Comisión Directiva y organismos internos, todos los datos que se le
soliciten, debiendo prestar su asistencia, consejo y opinión personal cuando sean
requeridos para ello. Asimismo, deberán informar de cualquier modificación que
se produzca en cada agencia, de índole que fuera. - Acatar el fallo del Tribunal de Ética o Arbitral de la Asociación en los casos
correspondientes. - Abonar regularmente las cuotas sociales y obligaciones ordinarias y
extraordinarias establecidas o que se establezcan como contribución societaria.
El Estatuto completo se encuentra disponible en nuestra web para su conocimiento.IMPORTANTE
Toda modificación que implique un cambio en la sociedad o cesión de cuotas
societarias entre los miembros integrantes de la firma y que motive agregados,
enmiendas o quitas al Contrato Social, deberá ser puesta de inmediato en conocimiento
de la ACAV para su control y registro correspondiente. Así mismo se recuerda que en el
Estatuto dice “La Comisión Directiva, luego de verificar los datos y el informe
producido, deberá hacerlos circular entre los asociados, los que contarán con un plazo
de 30 (treinta) días para formular objeciones. Si cumplido dicho plazo no las hubiera, el
solicitante será aceptado como socio, en la categoría que corresponda, informando esta
decisión al interesado. La Comisión Directiva tiene el derecho de rechazar o aceptar la
admisión de los socios. El solicitante no aceptado, podrá apelar la medida en la primera
asamblea general. La decisión de esta última será inapelable”
DOCUMENTACION QUE DEBERA ADJUNTAR AL FORMULARIO:
- Fotocopia DNI titulares, delegados y subdelegados.
- Contrato social o documentación equilvalente.
- Inscripción AFIP
- Informe comercial (nosis o veraz)
- Constancia de legajo habilitante (en caso de corresponder)
- Inscripción en el Registro Nacional de Agencias de Viajes.
- Página web comercial (dominio .ar / .com.ar)
INFORMACION DE PAGO CUOTAS SOCIALES:
Las cuotas sociales vencen el 10 de cada mes, las mismas pueden abonarse por
transferencia o débito automático.
Solicitamos enviar siempre comprobante de pago a eventos@acav.com.ar
Datos Bancarios:
Banco Santander Río
Suc. 066 Cta Cte en pesos 11529/4
CBU: 0720066320000001152940
COMUNICACIÓN:
Tener en cuenta que toda información que Acav envíe será enviada a Delegado y/o
subdelegado (vía mail y/o whatsapp difusión)
Cualquier consulta o sugerencia, dejamos a continuación nuestros canales de
comunicación:
Correos Electrónicos: info@acav.com.ar – eventos@acav.com.ar
Whatsapp: 3512453420
Tel. 0351 4231643 – 4243562
Instagram: acavoficial
Facebook: ACAV- Asociación Cordobesa de Agencias de Viajes.